miércoles, 9 de diciembre de 2009

Actualidad Política

“Cuando todo el mundo se equivoca todo el mundo tiene razón …”

La pertinaz posición del Poder Ejecutivo en mantener los DNU (decretos de necesidad y urgencia) referidos al “Fondo del Bicentenario”, que permitiría pagar la deuda pública con reservas del Banco Central, pese a estar presupuestado los fondos para ese mismo fin, nos recuerda el desistimiento de Roca ante un proyecto enviado al Congreso que carecía de apoyo popular. Mientras Roca comprendió que un debate que importaba a acreedores externos iba a ser perjudicial para el prestigio argentino, la actual presidente insiste en sostener una medida invasiva del Poder Legislativo, cuya resonancia en el exterior produjo embargo de cuentas del BCRA, comentarios adversos sobre el INDEC y sobre el canje de la deuda. Este capricho de la presidente no tiene parangón en la historia argentina. Conviene recordar los hechos históricos de aquella medida del presidente Roca:
Corría el año 1901, gobernaba el general Julio A. Roca, y con el objetivo de ordenar las finanzas públicas, el PE envió un proyecto al Congreso para unificar la deuda que estaba distribuida en más de treinta empréstitos, además de deudas de ocho provincias que el Estado Nacional se había hecho cargo. El proyecto había sido estudiado por el ministro Berduc y por el banquero Tornquist, que consistía en la emisión de un único bono a una tasa del 4 % anual en reemplazo del total de la deuda que abonaban, en algunas de ellas, hasta un 7 % anual, mientras que el estado argentino les garantizaba a los acreedores con depósitos diarios del 8% de los ingresos aduaneros depositados en el Banco Nación para ser transferidos a los tomadores de los bonos. Roca habló con Carlos Pellegrini para que, desde el Senado de la Nación, apoyara el proyecto, previa consulta por el propio senador con la Banca Rothschild y Morgan. Pellegrini se entusiasmó con la iniciativa y le puso todo su vigor, como era su costumbre. Se aprobó en el Senado, pero cuando estaba en la Cámara de Diputados comenzó una agitación popular que llegó a límites insospechados, cuya argumentación se basaba en que la Banca internacional tomaría intervención en las finanzas nacionales, lo cual significaría una “pérdida de soberanía”. Se llegó a declarar el estado de sitio para calmar la repulsa del proyecto. Entonces, Bartolomé Mitre, haciendo gala de su oportunismo dialéctico le dice a Roca una célebre frase: “Cuando todo el mundo se equivoca todo el mundo tiene razón”. Esta frase impactó de tal manera en la opinión del presidente, que envió un mensaje al Congreso desistiendo del proyecto. Pero Roca se equivocó, y muy feo: se olvidó de Carlos Pellegrini que hasta se había jugado su integridad física, enfrentando a una turba en la puerta de su casa que lo hirió en la cabeza. No concertó con su fiel y brillante compañero del proyecto político del 80. Pellegrini se enojó de tal manera que le quitó definitivamente el apoyo a Roca. Éste, creyendo que, como había ocurrido en otras oportunidades, Pellegrini olvidaría y les dijo a sus amigos: No se preocupen, el “Gringo” volverá. Pero el “Gringo” no volvió y se transformó en un ácido opositor.¿Habría estado equivocado Roca?; tal vez. Pero lo cierto es que hubo una gran oposición al proyecto, y cuando esto ocurre el mandatario debe tener la sensibilidad suficiente para rectificar actos que aún creyendo que son positivos son rechazados por la opinión pública, así le signifiquen la pérdida de la adhesión de un enorme político como era el caso de Carlos Pellegrini.


Beagle: Entre la Paz y la Soberanía

El conflicto del Beagle cuyos antecedentes están relacionados con otros de más antigua data, que hoy a tomado actualidad con la visita de la presidente y comitiva al Santo Padre, se remontaba a más de cien años de disputa y tuvo solución pacífica, finalmente, en 1984, cuando el gobierno argentino, tras una consulta popular, aceptó la propuesta de la Santa Sede, siguiendo los lineamientos de la propuesta de Su Majestad Británica, que otorgó las tres islas a Chile, siendo la Argentina quien contribuyó en mucha mayor medida a dicha solución pacífica.
Para la Argentina el diferendo con Chile no era una cuestión que involucrara solamente el área insular en disputa, sino que indirectamente comprende las islas Malvinas. Para Inglaterra era un objetivo debilitar geopolíticamente la posición argentina en cuanto conflicto limítrofe tuviere, en especial el Atlántico Sur.
Asimismo, es útil recordar que cuando en 1833 Gran Bretaña usurpa violentamente las Malvinas, nuestra cancillería lo informa a todos los gobiernos sudamericanos. Chile permanece callada, no obstante, estar obligada a solidarizarse, por el Tratado de “Amistad y Alianza” firmado entre los dos países en 1826.
Nuestro país ha valorizado la paz en distintos conflictos que tuvo con sus similares limítrofes y ha cedido territorio en diversas oportunidades, sin olvidar que ha contribuido, con su mediación, a la paz de países vecinos.
De modo que la paz para el pueblo argentino tiene un valor superlativo como se ha demostrado, y en el caso del Beagle lo puso de manifiesto en la decisión del pueblo y la de sus gobernantes que no quisieron pasar a la historia como ganadores de una guerra.
Sin embargo, hay que separar los conceptos que en aquella oportunidad se mezclaron, confundiendo, y aún persiste esa confusión, entre la paz, la soberanía y los sentimientos espirituales.
Ya hemos visto que imperó en pueblo y gobierno el valor de la paz, pero la Argentina decididamente resignó soberanía, dando por tierra algunos principios básicos como el bioceánico y la división oceánica del Cabo de Hornos, que hoy no sugiere ningún conflicto, pero no sabemos si Chile, en un futuro, pretenderá territorios argentinos que dan cara hacia el Océano Atlántico. Desde todos los tiempos doblar en el Cabo de Hornos era y es para los marinos cambiar de océano. Además la Propuesta introduce confusión llamando a los océanos Mar Austral, cuando este mar no existe.
El laudo papal asigna validez al Tratado de Límites de 1881 y deja de lado el Protocolo Adicional y Aclaratorio de 1893 y los Pactos de Mayo de 1902, cometiendo el mismo error que Su Majestad Británica. En realidad fue un error o una decisión influenciada por la adhesión que Chile profesaba a los actos que Inglaterra tomaba en materia internacional y, especialmente, en las cuestiones con la Argentina.
El Protocolo del 93, cuyo título es Adicional y Aclaratorio del Tratado de Límites de 1881, es justamente eso, adicional y aclaratorio, porque agrega cláusulas y aclara conceptos y disipa dudas, y si se firmó entre las dos partes sería porque era necesario establecer claramente ciertos principios fundamentales asentados en el Tratado de 1881 que no estaban claros. Todos los instrumentos (1881, 1893 y 1902) constituyen un todo y son ley suprema de la Nación de acuerdo a normas constitucionales.
Es sabido que la política se inmiscuye en todos los ámbitos, aún en aquellos que están cobijados con el manto de la espiritualidad. ¿A qué viene esta reflexión? A que el Vaticano, como que es un Estado en el concierto internacional, está ligado al resto del mundo por intereses políticos y materiales. Dice Osiris Villegas: “La contrapartida religiosa de la convalidación del Laudo Británico salió a la luz el 16 de enero de 1982, cuando Juan Pablo II anunció su viaje al Reino Unido, expresando «espero que mi visita sirva a la causa de la aproximación entre la Iglesia Católica Romana y la Comunidad Mundial Anglicana –a la que pertenece también la Iglesia Episcopal de los Estados Unidos– y que acelere la tan deseada unión». ”No podemos omitir en este comprimido análisis, el rol que Chile cumple en la estrategia británica como país de complemento y, seguramente usufructuario en alguna medida de la política inglesa en el Atlántico Sur y su proyección hasta la Antártida. Política que involucra, como consecuencia de una revalorización del área en disputa, la explotación futura de los recursos naturales existentes, o sea petróleo y proteínas. Las actitudes y el accionar de la política trasandina en la región, ostensible respecto a las Malvinas, islas australes y boca oriental del Estrecho de Magallanes, todo en jurisdicción argentina, pone en evidencia el entendimiento chileno–británico, en nuestro detrimento. Llevar al ámbito religioso un tema que es esencialmente terrenal y de intereses para dos naciones, es comprometer, en el caso argentino, a todo un pueblo que tiene sentimientos católicos y está consustanciado con la Fe cristiana”.
El Tratado de 1881 fue “un acuerdo sin mapa” y dice así: Artículo 1º: El límite entre la República Argentina y Chile es, de Norte a Sur hasta el paralelo 52º de latitud, la cordillera de los Andes. La línea fronteriza correrá en esa extensión por las cumbres más elevadas de dichas Cordilleras que dividan las aguas y pasará por entre las vertientes que se desprenden a un lado y otro. (...)
Artículo 2º: En la parte Austral del Continente y al Norte del Estrecho de Magallanes el límite entre los dos países será una línea que, partiendo de Punta Dungeness, se prolongue por tierra hasta Monte Dinero; de aquí continuará hacia el Oeste siguiendo las mayores elevaciones de la cadena de colinas que allí existen hasta tocar en la altura de Monte Aymond. De este punto se prolongará la línea hasta la intersección del meridiano 70º con el paralelo 52º de latitud y de aquí seguirá hacia el Oeste coincidiendo con este último paralelo hasta el divortia aquarum de los Andes. Los que quedan al Norte de dicha línea pertenecerán a la República Argentina, y a Chile los que se extiendan al Sur sin perjuicio de lo que dispone respecto de la Tierra del Fuego e islas adyacentes.
Artículo 3º: En la Tierra del Fuego se trazará una línea que, partiendo del punto denominado Cabo del Espíritu Santo en la latitud 52º 40 minutos, se prolongará hacia el Sur, coincidiendo con el meridiano occidental de Greenwich, 68º 34 minutos, hasta tocar el canal de Beagle. La Tierra del Fuego dividida de esta manera, será chilena en la parte occidental y argentina en la parte oriental. En cuanto a las islas pertenecerán a la República Argentina la isla de los Estados, los islotes próximamente inmediatos a ésta y las demás islas que haya sobre el Atlántico al oriente de la Tierra del Fuego y costas orientales de la Patagonia; y pertenecerán a Chile todas las islas al Sur del canal de Beagle hasta el Cabo de Hornos y las que haya al occidente de la Tierra del Fuego.
Otro de los instrumentos fundamentales para demostrar el derecho que la Argentina le asistía sobre los territorios insulares en litigio en el Atlántico Sur, es el “Protocolo Adicional y Aclaratorio del Tratado de Límites del 23 de Julio de 1881”, firmado en Santiago de Chile el 1º de mayo de 1893.
Artículo1º: Estando dispuesto por el artículo 1º del Tratado del 23 de julio de 1881, que el límite entre Chile y la República Argentina, es de norte a sur hasta el paralelo 52º de latitud, la cordillera de los Andes y que la línea fronteriza correrá por las cumbres más elevadas de dicha cordillera que dividan sus aguas y que pasará por entre las vertientes que se desprenden a un lado y otro, los peritos y las subcomisiones tendrán este principio por norma invariable de sus procedimientos (...)
Artículo 2º: Los infrascritos declaran que, a juicio de sus Gobiernos respectivos, y según el espíritu del Tratado de Límites, la República Argentina conserva su dominio y soberanía sobre todo el territorio que se extiende al oriente del encadenamiento principal de los Andes, hasta las costas del Atlántico, como la República de Chile el territorio occidental hasta las costas del Pacífico, entendiéndose, que, por las disposiciones de dicho Tratado, la soberanía de cada estado sobre el litoral respectivo es absoluta, de tal suerte que Chile no puede pretender punto alguno hacia el Atlántico, como la República Argentina no puede pretenderlo hacia el Pacífico. (...)
De la simple lectura de algunos artículos de estos dos instrumentos, aún para el lego, queda claro que el límite de los dos países es las cumbres más elevadas de la cordillera de los Andes y la divisoria de las aguas, por una parte y, por la otra, que Chile no puede pretender punto alguno sobre el Atlántico como la Argentina sobre el Pacífico. Asimismo que son de propiedad de la Argentina las demás islas que haya sobre el Atlántico al oriente de la Tierra del Fuego y pertenecerán a Chile todas las islas al Sur del canal de Beagle hasta el Cabo de Hornos y las que haya al occidente de la Tierra del Fuego. Estos son los principios jurisdiccionales sobre los que se debe asentar cualquier tratado de límites. Sin embargo no fue así.
Enrique de Gandía en su intervención en la obra sobre la vida de Arturo Frondizi, nos dice con una claridad meridiana: “La cuestión del canal de Beagle es clara. Los pactos firmados con Chile establecieron muy bien que serían chilenas las tierras e islas situadas al sur del canal de Beagle y se hallasen frente al océano Pacífico, y que serían argentinas las islas y tierras que mirasen al Atlántico. El canal de Beagle termina donde realmente termina el canal, o sea, donde tiene dos costas. Es elemental repetir que un canal, para que sea considerado canal, tiene que tener dos costas. Si tiene una sola costa, no es un canal, es una costa. Más simple, imposible. Pues bien: el canal deja de ser canal al oeste de las tres islas. Estas se hallan al sur de una costa norte y frente al océano Atlántico. Conforme a los tratados existentes entre la Argentina y Chile, las islas Picton, Lenox y Nueva son argentinas”.
Podemos preguntarnos si la Argentina procedió bien en esa oportunidad. Creemos que la decisión final estuvo acertada en el sentido de evitar una posible guerra con un país limítrofe –porque como dijo Alberdi la guerra es un crimen–, pero no podemos negar que la actuación diplomática argentina en muchos pasajes de las negociaciones dejó mucho que desear. Pero de todos modos lo que cuenta es el resultado final de la negociación y ésta fue beneficiosa para nuestro país, aún a costa de soberanía. Pero en un mundo globalizado en donde los intereses internacionales juegan un papel preponderante, el destino de la Argentina en el sector austral está altamente comprometido y será el futuro quien determine si la decisión argentina, definitivamente, fue acertada. Lo que sí es incuestionable es que hay que decirles a las generaciones actuales, que en aquel momento de la decisión se confundieron la paz con la soberanía.

Mestizos políticos
Decía Leopoldo Lugones en su “Imperio Jesuita” refiriéndose a la ocupación árabe en España que "...ningún pueblo sufre en varias generaciones la conquista, sin resultar poco menos que mestizo del conquistador. Por resistido que éste sea, por mucho que se le aborrezca, a la larga establece relaciones inevitables con el vencido."
La reforma electoral propuesta por el Poder Ejecutivo pareciera que estuviese inspirada en este pensamiento de Lugones. Porque el proyecto incorporando internas abiertas y obligatorias no hace más que forzarnos a quienes no nos conforman los partidos tradicionales a votar dentro de sus estructuras.
Nadie puede hacernos votar obligatoriamente en una interna. Pero de qué interna estamos hablando si no nos sentimos dentro de esos partidos que nos dan para optar. ¿O es que no podemos disentir con los principios y, sobre todo, la utilización de metodologías extrañas a nuestra formación republicana que usan ciertos partidos políticos? ¿Es que debemos sentirnos mestizos de segunda clase (según los autores del proyecto) concurriendo a votar por algún partido que no es de nuestro agrado? ¿O el conquistador se ha hecho dueño de nuestras mentes?
Señores gobernantes y legisladores, lean a Alberdi. Lean La omnipotencia del Estado es la negación de los derechos individuales.
Parece que los conquistadores a punta de sable han sido reemplazados en la Argentina por la dictadura de las mayorías. Realmente es preferible caer doblegado ante una espada conquistadora que ante un gobernante inescrupuloso que usa una mayoría transitoria para hacernos sentir la venganza de una derrota a la que ha sido inflingido.

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